Comité Consultivo aprueba el proyecto de la NOM-001-SEMARNAT-2021
- Velázquez & Camors
- 31 ago 2021
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 6 jul 2022
Aprobación del proyecto de norma que actualiza los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (la “SEMARNAT”), dio a conocer que el pasado 27 de agosto de 2021, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, aprobó por mayoría el proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021 (la “NOM 2021”), que sustituye después de 25 años de vigencia a la NOM-001-SEMARNAT-1996. En los próximos días, la SEMARNAT publicará la NOM 2021 en el Diario Oficial de la Federación, y su entrada en vigor será 60 días naturales posteriores a la fecha de su publicación.
En términos generales, la NOM 2021 tiene por objeto proteger y conservar las aguas y bienes nacionales, mediante el establecimiento de nuevos límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales por parte de los responsables de dichas descargas (los “Sujetos Obligados”) en cualquier tipo de cuerpo receptor propiedad de la nación.
Los principales cambios de la NOM 2021, consisten en la modificación de la temperatura máxima para las descargas en ríos, los límites de fósforo y de nitrógeno permisibles, así como de los parámetros para caracterizar la contaminación en las aguas residuales en relación con la Demanda Química de Oxígeno y Toxicidad; adicionando parámetros de Coloración.
En relación con lo anterior, los Sujetos Obligados podrán exentarse de realizar el análisis de alguno o varios de los parámetros que se señalan en la NOM 2021, para lo cual deberán someterse al procedimiento respectivo ante la Comisión Nacional del Agua (la “CNA”).
Asimismo, en términos de la NOM 2021, los Sujetos Obligados podrán solicitar ante la CNA, la modificación técnica de sus permisos de descarga para la adecuación de sus condiciones particulares de descarga.
El incumplimiento de la NOM 2021, se sancionará en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, por parte de la CNA y/o la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
En Velázquez & Camors podemos apoyar a los Sujetos Obligados con el Análisis, Diagnóstico y Soporte Técnicos requeridos para la auditoría, caracterización y mejora de las instalaciones de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), así como la obtención por parte de la autoridad correspondiente, de la excepción para la realización del análisis de alguno o varios de los parámetros que se señalan en la NOM 2021, respectivamente, así como con la modificación de permisos de descarga ante la CNA.
Invitamos a los Sujetos Obligados, a que se pongan en contacto con nosotros para que conozcan a detalle las obligaciones a su cargo establecidas en la NOM 2021.
Nota: La información contenida en el presente boletín no debe ser tomada como una opinión técnica ni legal, ni considerada como parte de una asesoría profesional de Velázquez & Camors
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